Aviso

Paz

Se aprueba  en el Congreso de la Republica el Articulo de la paz pactado en la Mesa de conversaciones de La Habana.

Presidente Juan Manuel Santos y coalicion de gobierno hacen honor a la palabra empeñada. 

No prospero el filibusterismo parlamentario de la ultraderecha ganadera y verde.

Multitud

Una cosa es una cosa. Y otra cosa es otra cosa.

Pasamos de blindar la paz a legitimarla en la sociedad civil.

Perfilado el mecanismo para dar seguridad jurídica[1] al Tratado de paz que finalmente pacten el gobierno del Presidente Santos y las Farc, el cual compromete los más importantes poderes de la institucionalidad imperante, como el Legislativo y la Corte Constitucional, en un

Con gran estilo literario, objetividad, visión de futuro, sentimiento patriótico, contenido histórico y social, liderazgo, llamado a la esperanza y nobleza, el líder insurgente invita al jefe del centro democrático a estrecharse la mano por el futuro de Colombia, para evitar más muertes, por la reconciliación y la construcción de un nuevo país.

 Estos son apartes de la carta:

 

Poder Constituyente

Los recientes acuerdos para darle seguridad a los pactos de paz no son mas que la expresión del Poder constituyente popular que actúa en favor de las transformaciones profundas del Estado y la sociedad, sin descartar los escenarios del poder constituido como el poder Legislativo y la Corte Constitucional.

El procurador general de Colombia escribió el 13 de mayo de 2016, una carta dirigida al Presidente de Colombia, en la que se refiere críticamente a las acciones de respaldo judicial a los acuerdos de paz adelantados en la Habana.

Dice el procurador que se pretende que los acuerdos sean integrados a la constitucionalidad, que se colocan por encima de ella, que “tengan automáticamente la categoría de normas con fuerza constitucional”, que el presidente se toma atribuciones, que va derrocar la constitución, que la sociedad va a ser sometida a la dictadura de las FARC; esos y otros comentarios pueriles y carentes de prudencia si se tiene en cuenta el carácter que debe tener un funcionario de tal rango.