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Colombia Y El Acuerdo De Escazú | Asociación Ambiente Y Sociedad Veinte años después de la realización del Convenio de Aarhus (Dinamarca), que aglutinó una serie de Estados Latinoamericanos y del Caribe, se hizo posible una nueva convocatoria en Escazú (Costa Rica) el 4 de marzo de 2018, para tratar temas relacionados con el Plan Estratégico de Reactivación Económica Regional en América Latina y el Caribe, por los cuales se haría posible el impulso a tres pilares fundamentales: acceso a la información ambiental, a la participación pública y a la justicia en asuntos ambientales.  Dicha propuesta, de contenido humanista y territorial, abalada por el Banco Interamericano de Desarrollo, atrajo simpatías en el continente americano, por lo que fue adoptado, por los 33 representantes de los países de la región. Sin embargo, en la actualidad, solo lo han suscrito para su aplicación, 24 estados. Colombia aún no lo ha ratificado. 
El Acuerdo hace parte de la Agenda Siglo XXI, dirigida a la integración regional de América Latina y el Caribe, a las tendencias integracionistas del mundo, y a la información y apoyo a la ciudadanía sobre los temas de interés, en cada uno de los países de Nuestra América. 
Con base en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada por los Estados miembros de las Naciones Unidas, el Acuerdo de Escazú, trazó el camino “hacia una mayor dignidad, prosperidad y sostenibilidad del planeta y de quienes lo habitamos”. La intención y el compromiso democrático, alcanzado por los convocantes, acordó “No dejar a nadie atrás”
El documento producido es un acuerdo jurídicamente vinculante, de modo coherente con principios de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20 de 2020) en referencia a la toma de iniciativas multilaterales y autónomas entre los países de la región. De ese modo, el Acuerdo se convirtió en el primer tratado de asuntos ambientales en la región, ya que subraya la importancia de incorporar disposiciones relacionadas con los defensores de derechos humanos, papel relevante en el desarrollo de esa visión, a través de iniciativas multilaterales, en la búsqueda del desarrollo sostenible. 
El Acuerdo, es el primer tratado sobre asuntos ambientales de la región, apoyado por los estados, con participación de la sociedad civil. Actualmente, es el primero en el mundo que incluye disposiciones sobre los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales (ahora llamados derechos humanos ambientales). La propuesta enfatiza que los Estados aplicarán el Acuerdo, de forma autónoma y soberana, según sus propias normativas y procedimientos, para poner en práctica el Principio 10° de la declaración de Río-1992 y facilitar a los Estados, una metodología que garantice la capacidad de protección del derecho de todas las personas en el presente y en el futuro, no solo a vivir en un medioambiente sano, sino a continuar en la búsqueda de la sostenibilidad ambiental, mediante la disposición de tres elementos básicos: 
1. El derecho de acceso a la información democrática y oportuna, que facilite el conocimiento sobre la problemática ambiental del territorio, los planes de manejo con participación comunitaria y las normas que rigen lo jurídico y lo procedimental; implica quede modo que ninguna iniciativa o proyecto, fluya por manos invisibles, en detrimento del patrimonio público. Así, estimular procesos de repoblación forestal en zonas alta pendiente, de producción hídrica y programas de pagos por servicios ambientales, permitiría mantener pobladores que cuiden el agua y el bosque, a cambio de no provocar desplazamientos y desempleo en las grandes ciudades.  
2. El derecho a la participación de la ciudadanía en las decisiones que afectan las vidas y los entornos sociales del ambiente, permitiría que los ciudadanos participen en coordinación con los organismos estatales, en soluciones efectivas. Promover procesos de restitución de tierras a campesinos despojados, no solo sería un acto de justicia, sino una acción necesaria para incrementar la producción de alimentos, a la vez que disminuir los flujos de pobladores hacia las grandes ciudades.
3. El derecho a acceder a la justicia en asuntos ambientales, cuando las normas sean vulneradas, es equivalente a que tal protección, abarca los derechos humanos universalmente reconocidos, para que tengan vínculos con los derechos que el Acuerdo regula. En el caso colombiano, donde  la realidad de violación al derecho a la justicia, muestra que el País conserva el más elevado índice histórico de líderes  ambientalistas asesinados del mundo (64 en 2019) el Acuerdo manifiesta que al incorporar los marcos jurídicos mundiales y nacionales, se establecerán estándares regionales y se promoverá la creación de capacidades individuales, a través de la cooperación y el intercambio entre gobiernos, sentará las bases de una estructura institucional de apoyo, y ofrecerá herramientas para mejorar la formulación de políticas públicas que faciliten la toma de decisiones. 
En Colombia, una simple lectura del Acuerdo, produjo la fugaz aceptación del Presidente, quien dio, de forma timorata e incoherente, su respaldo. Ordenó a su Canciller, que manifestara su adhesión y lo firmara ante la OEA. Aun así, Colombia es el único país que no ha firmado el documento, debido a la presión de los gremios, de algunos sectores del Congreso, y de grandes empresas que reclamaron sus privilegios y silenciaron cualquier decisión. El Presidente no se compromete con el Acuerdo, no ejerce liderazgo y calla sobre el apoyo a la vida y al medio ambiente,  aunque otras entidades como el Banco Mundial, la CEPAL, el BID y la Banca Multilateral, muy representativa en sectores privados, solicitan a los gobiernos de América Latina, que sus Congresos ratifiquen lo que los presidentes de la mayoría de países de la región, ya han suscrito: “Un Acuerdo que facilite la gestión ambiental transparente, y el desarrollo de cara a la reactivación económica, necesaria para el crecimiento en el futuro inmediato de los países de la Región”.
Algunas acciones metodológicas que faciliten la comprensión y la aplicación de los acuerdos en una nueva acción empresarial, deben partir de elementos de racionalidad económica y ambiental, como: maximización en la eficiencia de las fuentes de energía, descontaminación ambiental, aplicación de la agroecología a la producción de alimentos, sistemas eficientes de transporte, entre otros elementos importantes para activar nuevas economías y prácticas de desarrollo sostenible. La firma del Acuerdo es la mejor opción. 
Causa extrañeza que los gremios y las grandes empresas que ostentan el poder económico, presionen a los Congresos y Gobiernos, para que no suscriban los Acuerdos. 
¡La codicia del capitalismo es el modus operandi de la acumulación individual sobre el interés colectivo!!